
El Tribunal Supremo, por medio de Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha emitido un fallo contra el Decreto de 17 de octubre de 2008 del Gobierno central, supone un nuevo varapalo a la Junta de Andalucía en su afán de controlar la gestión del Guadalquivir.
La Junta de Castilla-La Mancha, la Junta de Extremadura y la Asociación de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos interpusieron en su día el recurso contra el Decreto 1666/2008 de Traspaso del Guadalquivir andaluz, siendo de momento el recurso de Castilla –La Mancha el que ha motivado esta sentencia, la cual declara nulo el Decreto del traspaso, lo que es consecuente con la impugnación que el Ejecutivo extremeño defendió contra el artículo 51 del Estatuto, que también fue anulado por el Tribunal Constitucional.
La Junta de Castilla-La Mancha, la Junta de Extremadura y la Asociación de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos interpusieron en su día el recurso contra el Decreto 1666/2008 de Traspaso del Guadalquivir andaluz, siendo de momento el recurso de Castilla –La Mancha el que ha motivado esta sentencia, la cual declara nulo el Decreto del traspaso, lo que es consecuente con la impugnación que el Ejecutivo extremeño defendió contra el artículo 51 del Estatuto, que también fue anulado por el Tribunal Constitucional.